Para la Operación Renta, el contribuyente dispone de herramientas que facilitan su declaración, pero exige tiempo y conocimiento.
El contribuyente se enfrenta cada año a cumplir con sus obligaciones tributarias. El proceso en el que los contribuyentes, empresas y personas, deben declarar sus rentas anuales. Para lograr el fiel cumplimiento tributario, existen canales que permiten facilitar el pago, tal como el formulario 50. Éste facilita al contribuyente abonar a su cuenta anual que deberá ajustar al término del periodo fiscal.
Existen diversas declaraciones juradas tales como F1887 de las remuneraciones, F1879 honorarios, y otras de alta fiscalización tal como la F1835 donde el ente fiscalizador revisa la generación de recursos económicos al propietario o usufructuario que deben considerar como renta en la mayoría de los casos.
La declaración de la renta es un proceso que se realiza todos los años. Permite al contribuyente declarar sus rentas o ingresos anuales, así es como la empresa o persona cumple con sus obligaciones fiscales.
Operación renta: no todos están obligados
No todos están obligados o someterse al proceso contributivo, serán aquellas personas que tienen un ingreso anual superior a$10.901.628, las que tuvieron dos o más empleadores, los que trabajaron o prestaron servicios a honorarios. También pueden declarar sus rentas aquellas personas que no están obligadas a declarar, sin embargo tienen derecho a un crédito cuando por ejemplo han adquirido un bien raíz acogido al DFL2.
También está pendiente la devolución del crédito solidario que se debe devolver a través de este mecanismo.
El SII a implementado una serie de medidas para facilitar el proceso de declaración para las empresas y personas, sin embargo requiere su tiempo en el manejo de la plataforma, de contenidos, conceptos, definiciones y otros asuntos complejos en su diseño y lectura. Los negocios y prestación de servicios son cada vez más innovadores, por ejemplo actividades en plataforma que generan ingresos afectos al impuesto global complementario e IVA si es el caso.
La ley de la renta del año 2020 creó tres regímenes tributarios, el régimen semi integrado de acuerdo al art. 14 letra A) con tasa de Impuesto de Primera Categoría con tasa del 27%; el régimen integrado 14D3 con tasa de 25% sin embargo la ley 21.256 de septiembre del mismo periodo la rebajó en un 50%, es decir, 12,5% transitoriamente, y finalmente creó el régimen transparente donde la Base Imponible determinada se asigna a los propietarios.
El régimen de renta presunta se mantuvo, hoy la tasa de impuesto de primera categoría es de 25%.
Finalmente el régimen “no sujeto al art. 14 de la Ley de la Renta”, aquí se encuentran las entidades sin fines de lucro. Cuando estas entidades desarrollan actividades del art. 20 de la Ley de la Renta, la ganancia está afecta con tasa del 25%.
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